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Código Ético & Deontológico

Protocolo de Conducta y Buenas Prácticas (CYBP) del Profesional Afiliado

Operado por ACOMPAÑAMIENTO DOMICILIARIO VITAL S.A.C. (RUC N° 20616201558). De lectura y cumplimiento obligatorio para todos los profesionales de salud y cuidadores registrados en la plataforma Papapacare.

📋 Documento de Obligatoria Observancia

El presente Protocolo forma parte integrante e inescindible de los Términos y Condiciones de Afiliación. Todo profesional o cuidador que opere a través de Papapacare debe conocer y observar rigurosamente las siguientes pautas de actuación en el domicilio de los usuarios.

1. Objeto

El presente Protocolo establece pautas específicas de conducta y buenas prácticas que deberá observar el Profesional Afiliado en sus interacciones con los Usuarios y durante la coordinación y desarrollo de los servicios derivados de la Plataforma.

Su finalidad es complementar las obligaciones establecidas en los Términos y Condiciones – Afiliación de uso de Plataforma (en adelante, Condiciones Generales), proporcionando criterios prácticos de actuación que permitan mantener estándares adecuados de profesionalismo, comunicación, diligencia y confianza en la relación con los Usuarios.

Este Protocolo no sustituye, reproduce ni modifica las obligaciones, prohibiciones, responsabilidades y consecuencias establecidas en las Condiciones Generales.

2. Principios de Conducta

El Profesional Afiliado deberá orientar su actuación conforme a los siguientes principios rectores:

2.1. Profesionalismo: Mantener durante sus interacciones una conducta compatible con la naturaleza profesional del servicio ofrecido, evitando comportamientos que puedan afectar la confianza del usuario o la imagen de la Plataforma.
2.2. Respeto: Mantener una comunicación respetuosa, cordial y profesional con el usuario, independientemente de las circunstancias que se presenten durante la prestación.
2.3. Diligencia: Actuar oportunamente frente a las comunicaciones, coordinaciones y situaciones relacionadas con los servicios que haya aceptado.
2.4. Transparencia: Evitar proporcionar información que pueda inducir al usuario a error respecto de las características, condiciones o alcance del servicio.
2.5. Límites profesionales: Mantener una separación adecuada entre la relación profesional y cualquier interés personal, comercial o de otra naturaleza que pueda surgir con ocasión del contacto con el usuario.

3. Conducta en la Comunicación con el Usuario

Además de las obligaciones establecidas en las Condiciones Generales, el profesional afiliado deberá observar:

  • 3.1. Comunicación clara: Procurará utilizar un lenguaje comprensible para el usuario, evitando expresiones innecesariamente técnicas cuando dificulten la comprensión de la información.
  • 3.2. Información coherente: La información proporcionada al usuario deberá guardar correspondencia con las condiciones del servicio ofrecido mediante la Plataforma.
  • 3.3. Respuesta oportuna: Deberá responder oportunamente las comunicaciones relacionadas con la coordinación de un servicio aceptado, especialmente aquellas sobre hora, lugar o viabilidad de la prestación.
  • 3.4. Comunicación exclusivamente relacionada con el servicio: Las comunicaciones obtenidas mediante la Plataforma deberán utilizarse para coordinar, ejecutar o dar seguimiento a los servicios derivados de ella, evitando actividades ajenas a dicha finalidad.

4. Conducta en la Coordinación del Servicio

Una vez aceptada una solicitud, el Profesional afiliado deberá procurar que la coordinación se realice de manera ordenada, debiendo:

  • Confirmar oportunamente la información necesaria para la atención;
  • Comunicar cualquier circunstancia que razonablemente pueda modificar la coordinación previa;
  • Evitar comprometer horarios o condiciones que razonablemente no pueda cumplir;
  • Procurar que cualquier modificación acordada quede debidamente comunicada;
  • Informar oportunamente cuando una circunstancia sobreviniente pueda afectar la prestación.

* Este apartado no crea una obligación de aceptar solicitudes ni limita la autonomía del Profesional, materias reguladas en las Condiciones Generales.

5. Puntualidad y Gestión de Imprevistos

La puntualidad constituye una pauta de buena práctica esencial en el cuidado de adultos mayores.

  • Cuando prevea que no podrá llegar a la hora coordinada, deberá comunicarlo al usuario con la mayor anticipación razonable posible.
  • Cuando la demora pueda afectar significativamente la prestación, deberá adoptar medidas razonables para comunicar la situación y coordinar alternativas disponibles.
  • La reiteración de retrasos injustificados podrá ser considerada para la evaluación del desempeño y las medidas contractuales pertinentes.

6. Conducta en el Domicilio o Lugar de Atención

Cuando el servicio se desarrolle en el domicilio del usuario, el profesional afiliado deberá:

  • Respetar las reglas razonables de convivencia y seguridad del lugar;
  • Identificación rigurosa: Identificarse ante el usuario antes de iniciar la atención, exhibiendo su documento de identidad (DNI/CE) y credenciales profesionales;
  • Informar de manera clara y comprensible el alcance del servicio y sus limitaciones;
  • Limitar su permanencia al tiempo necesario para desarrollar el servicio;
  • Evitar ingresar a espacios que no sean necesarios para la prestación;
  • Evitar manipular bienes del usuario que no sean indispensables para la atención;
  • Mantener una conducta prudente respecto de objetos, instalaciones y pertenencias;
  • Evitar realizar actividades ajenas al servicio durante su permanencia;
  • Retirarse del lugar una vez concluida la prestación, salvo justificación profesional.

7. Actuación Profesional y Seguridad Durante la Atención

El profesional deberá actuar dentro del ámbito de sus competencias y de acuerdo con su formación, título, colegiatura y habilitación legalmente exigibles.

  • Prestar únicamente aquellos servicios que se encuentre legalmente facultado para ejecutar;
  • Abstenerse de ofrecer o realizar procedimientos que requieran habilitaciones distintas de aquellas con las que cuenta;
  • Ejecución estrictamente personal: Ejecutar personalmente los servicios sin delegarlos en terceros ni permitir que otra persona use su cuenta o credenciales;
  • Informar oportunamente cualquier riesgo que pueda afectar la adecuada prestación;
  • Observar las medidas de seguridad y bioseguridad aplicables e insumos adecuados;
  • Abstenerse de continuar y recomendar atención de urgencia cuando la situación exceda el alcance pactado o comprometa la integridad del paciente.

* Cualquier atención realizada por una persona distinta del profesional afiliado registrado será considerada un incumplimiento grave y dará lugar a la cancelación inmediata de la cuenta y acciones legales correspondientes.

8. Límites en la Relación Profesional–Usuario

Deberá mantener límites profesionales adecuados y actuar respetando la dignidad, intimidad y autonomía del usuario, evitando:

  • Solicitar o aceptar favores personales del usuario vinculados con la prestación;
  • Utilizar la relación profesional para obtener beneficios personales ajenos al servicio;
  • Involucrarse en asuntos personales del usuario que excedan el objeto de la atención;
  • Realizar insinuaciones, comentarios o conductas inapropiadas para el contexto clínico y asistencial;
  • Generar deliberadamente una relación de dependencia personal distinta de la profesional.

9. Fotografías, Videos y Redes Sociales

En concordancia con la Ley N° 29733 y el derecho a la intimidad, el profesional afiliado deberá:

  • Evitar realizar fotografías o videos durante la atención cuando no resulten indispensables;
  • Evitar fotografiar espacios, documentos o bienes del usuario que no sean necesarios;
  • No utilizar imágenes obtenidas durante la atención para publicaciones personales o comerciales sin autorización expresa previa;
  • Evitar identificar públicamente al usuario como cliente o paciente sin consentimiento;
  • Abstenerse de publicar en redes sociales situaciones, audios o experiencias que permitan individualizar al usuario.

10. Uso de Dispositivos Durante la Atención

El uso de teléfonos celulares y dispositivos personales deberá limitarse estrictamente a lo necesario para la prestación, emergencias médicas o coordinaciones del servicio, evitando distracciones que afecten la seguridad del paciente.

11. Manejo de Situaciones Conflictivas

Frente a desacuerdos o quejas, el profesional deberá mantener un trato respetuoso, evitar discusiones, comunicar la situación a la Plataforma y solicitar su intervención si fuera necesario. Ante cualquier amenaza o riesgo a su integridad, podrá adoptar medidas de resguardo y avisar inmediatamente.

12. Imposibilidad de Prestación y Sustitución

Si por causas sobrevinientes el profesional no pudiera continuar un servicio aceptado, deberá avisar oportunamente para coordinar un reemplazo mediante la Plataforma. Se consideran indicadores de falta de diligencia: retrasos reiterados, falta de respuesta, cancelaciones injustificadas o abandono del servicio.

13. Integración con las Condiciones Generales y Conductas Incompatibles

Constituyen conductas incompatibles y pasibles de baja definitiva: el trato hostil, la manipulación de bienes ajenos, el uso de datos del usuario para fines personales, permitir la suplantación de identidad y ofrecer procedimientos no autorizados legalmente.

El presente Protocolo forma parte integrante de las Condiciones Generales de Afiliación de Papapacare y rige para todos los profesionales registrados en la República del Perú.

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